La Norma ISO 9001:2015 define como “partes interesadas” a todos los grupos de interés que de alguna forma se puedan ver afectados por la actividad de la empresa o cuyas decisiones puedan afectar al sistema de gestión de la calidad.
¿Los sindicatos podrían clasificarse como una parte interesada pertinente al sistema de gestión de la calidad de una organización?